sábado, 9 de septiembre de 2017

¿Derecho a leer la Biblia?

El notable biblista Straubinger glosaba algunos cánones del Código de Derecho Canónico de 1917 relativos a la Sagrada Escritura concluyendo que todos los fieles católicos tienen el derecho a leer la Biblia. Por cierto que la lectura de la Escritura es algo mucho más rico que un derecho. Pero en los tiempos en que el autor escribió las páginas que reproducimos a continuación, le pareció necesario decirlo con énfasis para salir al cruce de errores vigentes.
9. NORMAS DEL CODIGO CANONICO PARA LA LECTURA Y PUBLICACION DE LA SAGRADA ESCRITURA 
Considerando las fervorosas exhortaciones de los Sumos Pontífices a leer y meditar la Sagrada Escritura, se plantean lógicamente algunas cuestiones de índole práctica, sobre todo la pregunta: ¿Cuáles son las ediciones que se ajustan a los requisitos que la Iglesia considera indispensables para hacer fecunda la lectura de la Biblia?
La legislación de la Iglesia trata en cinco cánones del Código sobre la lectura del Libro sagrado. 
Canon 1385, 1: No se publiquen, ni siquiera por los seglares, sin previa censura ecle­siástica, los libros de la Sagrada Escritura ni comentarios a los mismos. 
Canon 1391: Las versiones de las Sagradas Escrituras en lengua vulgar no pueden im­primirse si no son aprobadas por la Santa Sede o si no son publicadas bajo la vigi­lancia de los Obispos y con anotaciones sacadas principalmente de los Santos Pa­dres de la Iglesia y de doctos y católicos escritores. 
Canon 1399, 1: Están prohibidas ipso jure las ediciones del texto original y de las antiguas versiones católicas de la Sagrada Escritura, incluso las de la Iglesia Orien­tal, publicadas por cualesquiera no-católi­cos, así como las versiones de la Sagrada Escritura en cualquier lengua, hechas o publicadas por los mismos. 
Canon 1400: El uso de los libros a que se refiere el canon 1399,1 y de los libros publicados contra lo prescrito en el canon 1391 está permitido solamente a los que de alguna manera se dedican a los estudios teológicos o bíblicos, con tal que tales li­bros estén fiel e integralmente editados y no se combatan en ellos, en los prolegó­menos o en las notas los dogmas de la fe católica. 
Canon 2313, 2: Los autores y editores que sin la debida licencia hacen editar los li­bros de la Sagrada Escritura o notas o comentarios a la misma, incurren ipso facto en la excomunicación no reservada. 
No cuesta mucho esfuerzo comprender los saludables motivos en que se inspiran los cánones citados. Su objeto no sólo es salvaguar­dar el texto sagrado sino también preservar a los fieles de los abusos que tan frecuente­mente hacen de él aquellos mismos que pre­tenden tomarlo por la única base de la fe. 
En los primeros cánones se requiere la previa aprobación para todas las ediciones y comentarios efectuados por católicos. Nin­guno puede imprimirlos sin la licencia por parte de la Santa Sede. Los mismos efectos produce la aprobación episcopal con tal que la edición sea acompañada de anotaciones sacadas principalmente de los Padres, Docto­res y escritores católicos.
El tercer canon se ocupa de las ediciones hechas por no católicos, prohibiendo su lec­tura a los fieles y extendiendo la prohibición al texto original así como a las versiones en lengua vulgar. 
El cuarto canon establece una excepción en favor de los que “de alguna manera” se dedican a los estudios teológicos o bíblicos siéndoles concedido el uso de todas aquellas ediciones que reproduzcan fielmente el texto, y no impugnen los dogmas de la fe católica. 
El quinto canon fija las sanciones para los autores y editores que sin la debida licencia publiquen los libros sagrados. 
Pasando a la aplicación de los cánones cita­dos podemos formular las normas siguientes:
1º. Los que quieren leer sólo o meditar la divina palabra, para alimentar su alma, han de atenerse a las ediciones aprobadas por la autoridad eclesiástica. 
2º. Los que de alguna manera se consagran a estudios teológicos y bíblicos, sean sa­cerdotes, sean laicos, gozan del privilegio de usar las ediciones protestantes y por ende no aprobadas, con las precauciones indicadas, es decir, si son fieles reproduc­ciones del texto sagrado y se abstienen de atacar la fe católica. Los Seminarios v. gr., pueden servirse del texto griego del Nuevo Testamento de Nestle, ofrecidas por las sociedades protestantes. Se entiende por sí mismo que han de dar preferencia a ediciones católicas si las hay. Respecto de las pretendidas falsificaciones de la Biblia por los protestantes, tópico muy usado en la polémica, hay que obser­var que los protestantes no usan traduc­ciones de la Vulgata sino exclusivamente versiones hechas de los textos originales (el hebreo y el griego respectivamente) y sólo de los libros protocanónicos, por lo cual resultan numerosas diferencias que veces por los que no conocen los textos originales ni las dificultades de la traduc­ción, son consideradas como falsificacio­nes del texto sagrado.
3º. Están prohibidas —para los que no hagan estudios bíblicos— todas las ediciones de las sociedades bíblicas protestantes, aun­que ellas ofrezcan traducciones de autores católicos. La Sociedad Bíblica Británica y Extranjera p. ej., ofrece la versión católica de Felipe Scio y la Sociedad Bí­blica Americana hace lo mismo.
Como se ve, la Iglesia no quiere prohibir la lectura de la Sagrada Escritura, y menos los estudios bíblicos, concediendo para ellos hasta el uso de Biblias protestantes. Lo que nuestra santa Madre intenta es únicamente salvaguardar la primitiva y legítima auto­ridad de la Biblia sin dar lugar a interpreta­ciones sujetivas y heréticas. Es pues falso decir que la Iglesia tenga alejados a los fieles de los manantiales sobrenaturales que brotan de los santos libros. Al contrario: Todos los católicos tienen hoy día el derecho de leer la Sagrada Escritura, con tal que se atengan a las disposiciones que ha establecido para ellos la prudencia maternal de la Iglesia.
Pero no olvidemos que los derechos impli­can deberes. Para nosotros que buscamos en la Biblia un alimento espiritual, la lectura de las Escrituras es más que un derecho. Es un medio y remedio. Un medio para acer­camos a Dios, un remedio contra las enfer­medades del alma; porque la Palabra de Dios es viva y eficaz y más acerada que una espada de dos filos, tan penetrante, que llega hasta separar el alma y el espíritu, las coyun­turas y la médula, porque discierne las inten­ciones y los pensamientos del corazón” (Hebr. 4, 12).  

Tomado de:

Straubinger, J. La Iglesia y la Biblia. Ed. Guadalupe, Bs. As., 1944 (aquí), pp. 181 y ss.

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